Conceptos fundamentales relacionados con la independencia de Chile:

Cabildo: 

Es un término que procede del latín capitŭlum y que tiene varios usos. Puede tratarse del ayuntamiento o la corporación municipal, de la junta que celebra esta institución y del edificio donde tiene lugar la junta.  Esta utilización del concepto era muy frecuente en la época colonial, cuando los países americanos eran gobernados por España y el cabildo era la institución y el edificio que albergaba a las autoridades municipales enviadas por el imperio. El Cabildo de Buenos Aires, por citar un caso, era la sede de la administración colonial del Reino de España en la capital del Virreinato del Río de la Plata. Se conocía como cabildo abierto a la reunión extraordinaria de los pobladores americanos durante la época de la colonia. Dichas asambleas fueron muy importantes en el proceso de independencia y en el establecimiento de gobiernos autónomos. 

 

Congreso:

Un congreso es una reunión o conferencia, generalmente periódica, donde los miembros de un cuerpo u organismo se reúnen para debatir cuestiones de diversas índole, aunque generalmente con fines políticos. Además, muchos partidos cada ciertos años tienen un Congreso o Convención de su agrupación política, para tomar decisiones sobre el partido y la directiva de estos.

 

Director Supremo:

fue el título con el cual se designó en un principio el cargo ejecutivo unipersonal en Argentina, Chile y Nicaragua luego de la proclamación de su Independencia. Anteriormente el cargo ejecutivo era ejercido por organismos colegiados como la Junta de Gobierno o el Triunvirato.
El cargo de director supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, usado en Argentina, existió entre 1814 y 1820. Fue creado al disolverse el Segundo Triunvirato.
En Chile, el director supremo existió en 1814 y entre 1817 y 1826; fue posteriormente reemplazado por el título de presidente de la República.

Ejemplo de Director Supremo:

Bernardo O`Higgins.

 

Patriotas:

Es un pensamiento que vincula a un ser humano con su patria. Es el sentimiento que tiene un ser humano por el grupo humano y\o medio al que se siente ligado por unos determinados valores, cultura, historia y afectos. Es el equivalente al orgullo que siente una persona por pertenecer a una familia. 

Los primeros movimientos patriotas aparecen en las colonias americanas después de la invasión de Napoleón a España en 1808. Napoléon apresó a Carlos IV y Fernando VII, instalando en el trono a su hermano José Bonaparte. El pueblo español se levantó en rebelión y en cada pueblo se organizó una Junta de Gobierno (desaparecido el rey el poder volvía al pueblo). Las juntas se unieron en un Consejo de Regencia, que convocó a una Asamblea Nacional o Cortes de Cádiz, en la cual cada región incluyendo las posesiones de América, debían enviar diputados representativos. Los criollos, basándose en que el papa había concedido las tierras americanas a los Reyes Católicos y sus sucesores, y no a España o los españoles, se negaron a enviar diputados a Cádiz, y exigieron a través del Cabildo la formación de juntas de gobierno propias.

 

Realistas:

En España e Hispanoamérica, las tropas, organizaciones e individuos partidarios de la Corona de España durante las Guerras de Independencia Hispanoamericana.

Ejército Realista en América:

  • Fuerzas armadas empleadas para la defensa de la monarquía española en América.
  • En España, las tropas, organizaciones e individuos partidarios del régimen absolutista del rey Fernando VII de España o del pretendiente carlista Carlos María Isidro, también denominados absolutistas, serviles, carlistas o tradicionalistas, en distintas coyunturas históricas de la Edad Contemporánea en España.
  • Voluntarios Realistas, milicias de Fernando VII defensoras del absolutismo.
  • Partidas realistas, grupos guerrilleros de ideología absolutista surgidos en la misma época

 

Real Audiencia:

La Real Audiencia (Audiencia Real o, simplemente, Audiencia) fue el máximo órgano de justicia de Castilla, creado por Enrique II en 1369. Los jueces que integraban la Audiencia se llamaban oidores. En la América hispánica, bajo el dominio de la Corona española, la Real Audiencia adquirió una creciente con mucha importancia, velando por el cumplimiento del Derecho, la protección de los gobernados y por la aplicación de la justicia en el continente. Asimismo, llegaron todas a ser también Reales Chancillerías, siendo depositarias del sello real (real sello), por lo que se les consideraba representantes de la persona del monarca en sus respectivos territorios.

Funciones:

  • Las Reales Audiencias eran quizás los únicos órganos de la época que tenían una función más marcada: la administración de justicia.
  • En América hispana fueron los más altos tribunales de justicia. Hacia el siglo XVIII, principalmente por evolución espontánea, que por reformas legales, se convirtieron esencialmente en tribunales de apelaciones.
  • Conocían de los juicios civiles y criminales, excepto los de fuero eclesiástico, militar o mercantil.
  • Sus fallos podían apelarse ante el Consejo de Indias (siempre que se tratase de asuntos por más de 6.000 pesos de oro).
  • Conocían del recurso de fuerza, es decir, la reclamación de los agraviados por los jueces eclesiásticos, que procedía en caso de incompetencia de éstos para conocer de las causas, inobservancia de las normas que regían los juicios eclesiásticos y en las negativas de apelación que eran procedentes.
  • Conocían de las contiendas de competencia entre jueces laicos y eclesiásticos.
  • Conocían de algunos juicios eclesiásticos y los juicios de encomiendas.
  • Los agraviados por las resoluciones del virrey o del gobernador podían "apelar" ante ellas
  • Podían dictar auto acordados, para una adecuada administración de justicia, pudiendo con ellos suplir los vacíos normativos en cuanto a los procedimientos o para interpretar las normas procedimentales vigentes.